Bogotá,
D. C., 2 de octubre de 2020.
Atentos empresarios de la Economía Naranja. Ya está abierta la
última convocatoria del año para acceder al beneficio de exención de renta por
7 años, un valioso apoyo con el que cuenta hoy la industria cultural y creativa
nacional. El plazo para aplicar, de manera virtual, es hasta el próximo 31 de
octubre, a través de la plataforma www.economianranja.gov.co.
“En el contexto actual, este incentivo
tributario se convierte en una herramienta para ayudar a la reactivación de la
economía del país, así como para continuar promoviendo el emprendimiento y la
formalización del sector cultural y creativo, afirmó el viceministro de la
Creatividad y la Economía Naranja, Felipe Buitrago.
Este incentivo tributario está dirigido
a empresas, cuyo objeto social esté exclusivamente ligado al desarrollo de
actividades culturales, creativas y/o de base tecnológica. También pueden
aplicar empresas de turismo cultural y las de actividades relacionadas con el deporte,
la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.
Los
interesados en aplicar a la convocatoria deben ser contribuyentes del impuesto
sobre la renta, complementarios del régimen ordinario y tener su domicilio principal
dentro del territorio colombiano.
Adicionalmente,
los ingresos brutos
anuales de las empresas que se presenten no pueden ser superiores a 80.000 UVT (Unidad de Valor Tributario),
que equivalen a $2.848 millones. La
única excepción es para las actividades de producción cinematográfica, videos,
programas, anuncios y comerciales de televisión, que sí podrán superar este
monto.
Asimismo, las
empresas interesadas en aplicar deben garantizar
una inversión mínima de 4.400 UVT, equivalentes a $156.670.800, en máximo tres años,
que debe estar relacionada con adquisición de propiedad, planta y equipo, y/o
activos intangibles. De igual manera, deben generar un mínimo de 3 empleos.
Es importante
resaltar que los administradores de la sociedad no califican como empleados
para efectos de la exención de renta. Los empleos que se tendrán en cuenta son
aquellos que estén directamente relacionados con la actividad cultural, creativa,
o con el desarrollo tecnológico.
Según Julián
Domínguez, presidente de Confecámaras, “las Cámaras de Comercio vienen
trabajando con el Gobierno Nacional en fortalecer el desarrollo y consolidación
de emprendimientos y empresas de las industrias culturales y creativas, para
propiciar su sostenibilidad y perdurabilidad en el mercado”.
Entre octubre
de 2019 y julio de 2020, han recibido el beneficio de exención de renta 252
empresas de la Economía Naranja, lo que permitirá generar 2.200 nuevos empleos
y una inversión por el orden de los $65.000 millones.
Más sobre los requisitos para aplicar
Una vez
realizado el trámite virtual de inscripción, los documentos serán evaluados por
un comité integrado por distintas dependencias del Ministerio de Cultura. Este comité
de Economía Naranja será el encargado de expedir el concepto previo que le
permitirá a la empresa acceder a la exención de renta. El término para dar
respuesta a la solicitud es de 30 días hábiles. La inversión y generación de
nuevos empleos deberá realizarse con posterioridad a la aprobación del proyecto de inversión por parte del comité.
Las inquietudes en
torno a este proceso pueden enviarse a:
[email protected]
Los interesados en aplicar deben verificar que el objeto
social y todas las actividades económicas de la empresa estén enmarcadas dentro
del siguiente listado:
CÓDIGO CIIU | DESCRIPCIÓN
DE LA ACTIVIDAD |
3210 | Fabricación de joyas, bisutería y artículos
conexos. |
5811 | Edición de libros. |
5820 | Edición de programas de informática (software). |
5911 | Actividades de producción de películas
cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión. |
5912 | Actividades de posproducción de películas
cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión. |
5913 | Actividades de distribución de películas
cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión. |
5914 | Actividades de exhibición de películas
cinematográficas y videos. |
5920 | Actividades de grabación de sonido y edición
de música. |
6010 | Actividades de programación y transmisión en
el servicio de radiodifusión sonora. |
6020 | Actividades de programación y transmisión de
televisión. |
6201 | Actividades de desarrollo de sistemas
informáticos (planificación, análisis, diseño, programación, pruebas). |
6202 | Actividades de consultoría informática y
actividades de administración de instalaciones informáticas. |
7110 | Actividades de arquitectura e ingeniería y
otras actividades conexas de consultoría técnica. |
7220 | Investigaciones y desarrollo experimental en
el campo de las ciencias sociales y las humanidades. |
CÓDIGO CIIU | DESCRIPCIÓN
DE LA ACTIVIDAD |
7410 | Actividades especializadas de diseño. |
7420 | Actividades de fotografía. |
9001 | Creación literaria. |
9002 | Creación musical. |
9003 | Creación teatral. |
9004 | Creación audiovisual. |
9005 | Artes plásticas y visuales. |
9006 | Actividades teatrales. |
9007 | Actividades de espectáculos musicales en
vivo. |
9008 | Otras actividades de espectáculos en vivo. |
9101 | Actividades de bibliotecas y archivos. |
9102 | Actividades y funcionamiento de museos,
conservación de edificios y sitios históricos. |
| Actividades referentes al turismo cultural. |
| Actividades relacionadas con deporte,
recreación y aprovechamiento del tiempo libre. |
¡Cultura, la
esencia de un país que se transforma desde los territorios!
Reciba noticias sobre convocatorias, eventos,
planes, programas y toda la información relacionada con el sector cultural en
Colombia en su correo electrónico, suscribiéndose a nuestro boletín aquí
Más información:
Juan Ruiz Ceballos
Comunicador
Social y Periodista
Grupo de
Divulgación y Prensa
Ministerio
de Cultura
[email protected]
Alirio Aguilera
Coordinador
Grupo
Divulgación y Prensa
Ministerio
de Cultura
Calle 8 #
8-43 Bogotá.