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Preguntas frecuentes
 

 Preguntas frecuentes

 
Carnaval de Negrosy Blancos. Foto: Corporación del Carnaval
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  • Clasificación no admitida

 

1.    ¿Cuáles son los requisitos para presentar una postulación de inclusión de una manifestación en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional?
 
Los requisitos mínimos para este tipo de postulaciones son:
 
•    Solicitud dirigida a la instancia competente
•    Identificación del solicitante, quien deberá especificar que actúa en interés general
•    Descripción de la manifestación de que se trate, sus características y situación actual
•    Ubicación y proyección geográfica y nombre de la(s) comunidad(es) en la(s) cual(es) se lleva a cabo
•    Periodicidad (cuando aplique)
•    Justificación de la correspondencia de la manifestación con la definición de patrimonio cultural inmaterial
•    Justificación sobre la coincidencia de la manifestación con cualquiera de los campos de alcance y con los criterios de valoración señalados en los 2.5.1.2.8 y 2.5.1.9 del Decreto 1080 de 2015 (anteriores Artículos 8º y 9º del Decreto 2941 de 2009)
 
 
2.    ¿Qué contiene un Plan Especial de Salvaguardia (PES)?
 
De acuerdo al Artículo 2.5.3.2 del Decreto 1080 de 2015 (anterior Artículo 14. Del Decreto 2941 de 2009), el Plan Especial de Salvaguardia debe contener:
 
1)    La identificación y documentación de la manifestación, de su historia, de otras manifestaciones conexas o de los procesos sociales y de contexto en los que se desarrolla.
2)    La identificación de los beneficios e impactos de la manifestación y de su salvaguardia en función de los procesos de identidad, pertenencia, bienestar y mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad identificada con la manifestación.
3)    Medidas de preservación de la manifestación frente a factores internos y externos que amenacen con deteriorarla o extinguirla. Esto implica contemplar en el Plan Especial de Salvaguardia la adopción de medidas preventivas y correctivas frente a los factores de riesgo o amenaza.
4)    Medidas orientadas a garantizar la viabilidad y sostenibilidad de la estructura comunitaria, organizativa, institucional y de soporte, relacionadas con la manifestación.
5)    Mecanismos de consulta y participación utilizados para la formulación del Plan Especial de Salvaguardia, y los previstos para su ejecución.
6)    Medidas que garantizan la transmisión de los conocimientos y prácticas asociados a la manifestación.
7)    Medidas orientadas a promover la apropiación de los valores de la manifestación entre la comunidad, así como a visibilizarla y a divulgarla.
8)    Medidas de fomento a la producción de conocimiento, investigación y documentación de la manifestación y de los procesos sociales relacionados con ella, con la participación o consulta de la comunidad.
9)    Adopción de medidas que garanticen el derecho de acceso de las personas al conocimiento, uso y disfrute de la respectiva manifestación, sin afectar los derechos colectivos, y sin menoscabar las particularidades de ciertas manifestaciones en comunidades tradicionales.
10)    Medidas de evaluación, control y seguimiento del Plan Especial de Salvaguardia.
 
 
3.    ¿Quién asume los costos que implica la elaboración del PES?
 
En cualquier caso, los costos que demande la elaboración de un Plan Especial de Salvaguardia, bien sea que acompañe la postulación de una manifestación a la LRPCI del ámbito nacional o no, serán contribuidos por el autor de la postulación o por terceros plenamente identificados.
 
 
4.    ¿Cuándo es obligatorio formular un PES?
 
La formulación de un PES solo es obligatoria cuando una manifestación se encuentra postulada a ser incluida en la LRPCI del ámbito nacional. Sin embargo, al tratarse de un ejercicio de planeación, cualquier manifestación cultural del país puede utilizar las metodologías que el ministerio de Cultura dispone sobre la elaboración de PES para proteger y salvaguardar dicha manifestacion.
 
 
5.    ¿Es posible formular un PES para una manifestación que no está en proceso de postulación a la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional?
 
Por supuesto que sí. Por esto, el Ministerio de Cultura pone a disposición de los ciudadanos la metodología para la formulación de Planes Especiales de Salvaguardia, entendidos como una herramienta de planeación específica para la salvaguardia efectiva de las manifestaciones culturales del país.
 
 
 
 
 


 
 
 
 
6.    ¿Cuáles son las fuentes de financiación para las manifestaciones culturales en Colombia?
 
Las fuentes de financiación para las manifestaciones culturales son las siguientes:
 
•    Recursos provenientes del incremento del 4 % al impuesto al consumo de la telefonía móvil. Según el Decreto 4934 de 2009, “los Departamentos deberán suscribir convenios con los Municipios y/o Distritos que presenten proyectos, y corresponde a los mismos viabilizarlos a través de las autoridades territoriales, a través del Consejo Departamental o Distrital de Patrimonio, según corresponda, y obtener concepto favorable del mismo” de la Secretaría de Cultura Departamental. El proyecto debe corresponder a alguna de las líneas de inversión establecidas en el literal a), “Cultura”, del artículo 5 del Decreto 4934 de 2009.
 
•    Estampilla Procultura. La Ley 666 de 2001 dispuso la creación de la estampilla Procultura y ordenó “a las asambleas departamentales y a los concejos distritales y municipales que los recursos sean administrados por el respectivo ente territorial al que corresponda el fomento y el estímulo de la cultura con destino a proyectos acordes con los planes nacionales y locales de cultura”.
 
Más información sobre fuentes de financiación para la cultura le invitamos a consultar la publicación “Emprendedores culturales, ¡Sí hay recursos! – Fuentes de financiación para el emprendimiento cultural” [LINK a la publicación de emprendimiento cultural]
 
 
7.    ¿Qué beneficios y obligaciones lleva elaborar un inventario de PCI?
 
Los beneficios y obligaciones que lleva elaborar un inventario son:
•    Permite profundizar en el conocimiento de las manifestaciones del PCI, dar cuenta de su estado y de su contexto
•    Motiva a los grupos sociales a reflexionar sobre sus capacidades, fortalezas y necesidades como colectivos
•    Fortalece la capacidad social de las comunidades para la gestión de su patrimonio
•    Conlleva a un ejercicio auto reflexivo e incluyente en el que un colectivo decide cuál es su patrimonio y cómo necesita salvaguardarlo
 
 
8.    ¿Cuál es el procedimiento para la elaboración de inventarios de PCI?
 
Se trata de un proceso sencillo y didáctico de:
•    Caracterización del entorno de una colectividad e identificación de las manifestaciones de su PCI
•    Análisis de su estado
•    Registro a través de los diferentes instrumentos previstos para ello
 
El proceso inicia con una fase de Concertación puesto que se requiere de unos acuerdos mínimos que permitan contar con el consentimiento y voluntad de la comunidad y de las instituciones responsables, acordar las normas y metodologías para su desarrollo y establecer directrices generales para conservación, uso y consulta de la información consignada en el inventario. De la misma forma, este debe finalizar con una fase de Comunicación de los resultados y productos del inventario
 
 
 
9.    ¿Qué resultados quedan de un inventario de PCI?
 
De un inventario de PCI se espera obtener tres productos concretos:
 
1)    Un informe-bitácora: Se trata de un documento en el que el grupo de trabajo que realiza un inventario consigna el proceso que ha llevado a cabo. Allí debe evidenciarse la participación de la comunidad en todas las fases del inventario.

2)    Una o varias piezas comunicativas: Con el fin de elaborar inventarios que tengan un mayor impacto en la población y contribuyan a la apropiación del patrimonio cultural inmaterial se propone a los grupos de trabajo realizar una pieza comunicativa que recoja la información del inventario y transmita, a través de lenguajes audiovisuales, artísticos o narrativos, los resultados del proceso de diagnóstico y reflexión colectiva sobre las manifestaciones del PCI.

3)    El registro a través de las fichas de cada una de las manifestaciones identificadas: El Ministerio de Cultura proporciona un modelo de ficha que los grupos de trabajo que realizan el inventario deben diligenciar. Esta ficha es una herramienta de registro formal y consulta rápida que está destinada a alimentar el Sistema de Información de Arte y Patrimonio SIPA.
 
 
10.    ¿Cuándo es obligatorio formular y elaborar un inventario de PCI?
 
El inventario no es un requisito necesario y/o mecánico para la inclusión en las Listas Representativas de Patrimonio Inmaterial (LRPCI), aunque si busca ser un instrumento que pueda complementarlas. Este puede facilitar, si así lo desean los grupos sociales, avanzar en solicitudes de inclusión, en Planes Especiales de Salvaguardia (PES) y procesos autónomos de fomento, gestión, conocimiento y disfrute del PCI.
 
Por ejemplo, una solicitud de inclusión de una determinada manifestación a la LRPCI puede decantarse de un proceso de inventario en la medida en que el grupo interesado ya habrá emprendido un ejercicio de acuerdos y de reflexión colectiva que les permita identificar, caracterizar y hacer el diagnostico de riesgos y amenazas de su PCI así como proponer medidas para su salvaguardia.
 
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