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el Reconocimiento de Proyecto Nacional para Obras Cinematográficas. 

 Requisitos Aprobacion Ordinaria

 
 
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En esta página encontrará los requisitos para acceder al Reconocimiento de Proyecto Nacional para Obras Cinematográficas que tengan un presupuesto inferior a 7.060 S.M.L.M.V. para largometrajes y de 880 S.M.L.M.V. para cortometrajes nacionales

1. Formulario de solicitud debidamente diligenciado, firmado por el productor colombiano o el representante legal de la empresa cinematográfica colombiana. Aquí podrá iniciar el trámite en línea 

2. Información del (los) productor(es) colombiano(s):

 a) Persona natural:

• Copia de la cédula de ciudadanía.

• Copia del RUT.

b) Persona jurídica:

• Copia de la cédula de ciudadanía o de extranjería del representante legal.

• Copia del RUT.

• Certificado de existencia y representación legal del productor persona jurídica expedido por la respectiva Cámara de Comercio con una antelación no inferior a quince (15) días hábiles. En el caso de sociedad anónima o sociedad por acciones simplificada anexar:

 - Certificación de contador público o revisor fiscal del porcentaje de capital colombiano de la compañía.

 - Copia de la tarjeta profesional del contador público o revisor fiscal.

3. Información del proyecto:

a) Sinopsis (una página a doble espacio), impresa y digitalizada.

b) Guion. En caso de proyectos de documental que no utilicen guion se debe presentar tratamiento y resumen de la investigación.

c) Lista de locaciones. En caso de documentales deberán indicarse según las características particulares del proyecto. Las animaciones deben presentar bocetos desarrollados que muestren el nivel de avance del proyecto.

d) Cronograma general desde la etapa de desarrollo hasta la distribución y promoción.

e) En el caso de coproducciones, presentar los contratos respectivos donde se indique lo siguiente: título de la coproducción, identificación de los coproductores, identificación del autor del guion o del adaptador si se ha extraído de otra fuente literaria, identificación del director y nacionalidad, presupuesto total en la moneda que especifiquen los coproductores reflejando el porcentaje de participación de cada coproductor que debe responder con la valoración financiera de sus aportes técnicos, artísticos y logísticos, acuerdos sobre distribución y territorios en porcentajes proporcionales, fecha para el inicio del rodaje y su terminación, cláusula que detalle la participación respectiva de los coproductores en gastos excesivos y menores, los que en principio serán proporcionales a sus respectivas contribuciones, cláusula que señale las medidas a tomar si una de las partes incumple sus compromisos, cláusula que prevea el reparto de propiedad de los derechos de autor sobre una base proporcional a las respectivas contribuciones de los coproductores.

f) Lista del personal técnico y artístico que incluya nombres, apellidos, cargos y nacionalidad de los integrantes del equipo, confirmados al momento de presentar el proyecto. Debe presentarse impresa y digitalizada. En el caso de coproducciones, se debe señalar el porcentaje de participación activa de los actores colombianos en el guion, así como el porcentaje total de participación de colombianos en personal artístico y técnico en la película. La participación artística, técnica y logística debe ser proporcional al aporte financiero que hace la parte colombiana.

g) Adjuntar la siguiente documentación únicamente para el personal técnico y artístico requerido de conformidad con los porcentajes establecidos en el Decreto 1080 de 2015, artículos 2.10.1.5 (producciones), 2.10.1.6 (producciones y coproducciones) y 2.10.1.7 (coproducciones):

• Hojas de vida.

• Copias de contratos o cartas de intención.

 • Copias de cédulas de ciudadanía.

h) Presupuesto desglosado que contemple los costos hasta copia final o hasta distribución y promoción, siempre y cuando estos rubros estén a cargo del productor. Si se trata de coproducción, se debe presentar en columnas separadas la participación de cada una de las partes. No se acepta la inclusión de imprevistos. Debe contemplar gastos bancarios y fiduciarios, el gravamen por movimientos financieros, la retención en la fuente, el impuesto sobre el valor agregado, y demás cargas impositivas (la retención en la fuente y el IVA deben formar parte de cada uno de los conceptos del presupuestos y no se presentan por separado). En caso de que el proyecto cuente con capital base, como premios o estímulos de fuentes nacionales o extranjeras, debe incluirse una columna que señale los conceptos y montos en que se invertirá. Los gastos ya ejecutados deben ser incluidos en la columna de capital base. Se debe presentar impreso y digitalizado.

i) Certificado de registro del guion, expedido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, excepto para documentales que no lo utilicen. El registro puede haber sido realizado en una oficina equivalente en el extranjero.

j) Certificado de registro del contrato de cesión de derechos del guion al productor, expedido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor. El registro puede haber sido realizado en una oficina equivalente en el extranjero. No aplica para documentales que no utilicen guion.

k) Copia de rushes o preedición avanzada, si el proyecto se encuentra en posproducción, o cuenta con material ya filmado, grabado o generado digitalmente. Este material debe entregarse en DVD o en otro soporte audiovisual que la Dirección de Cinematografía indique. Nota: Los documentos originalmente realizados en otro idioma, se aportarán también traducidos al español. 


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