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30-08-2023
Producción

 Proyectos Cinematográficos

 
 
 
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En esta sección encontrará información para obtener el Reconocimiento de Proyecto Nacional para Obras Cinematográficas, y las fuentes de financiación dispuestas por el Estado para el desarrollo de proyectos cinematográficos.

​​​En Colombia, los proyectos cinematográficos pueden ser financiados con recursos públicos y privados. Desde lo público están las convocatorias del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, las convocatorias del Programa Nacional de Estímulos del Ministerio de Cultura, y las convocatorias regionales y locales que anualmente pueden consultarse en las entidades culturales de cada región.

La inversión de capital privado puede deducir del impuesto sobre la renta el 165% de la inversión o donación en una obra cinematográfica nacional.  Para acceder a este beneficio tributario es necesario que el proyecto cuente con el Reconocimiento como Proyecto Nacional. 


RECONOCIMIENTO DE PROYECTO NACIONAL PARA OBRAS CINEMATOGRÁFICAS

Un proyecto cinematográfico es la película que está en proceso de construcción o no ha sido finalizada. Puede estar en etapa de desarrollo, preproducción, producción o postproducción y quiere conseguir aportes económicos para su finalización, a través de los beneficios tributarios que otorga la Ley de Cine, para personas o empresas que sean contribuyentes del impuesto de renta y donen o inviertan al cine colombiano. 

Cada proyecto debe tener una idea clara, factibilidad técnica, artística y presupuestal, para ser certificada por la Dirección de  Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos (DACMI)​, como un proyecto viable. Es responsabilidad del productor que obtiene la aprobación del proyecto, gestionar los inversionistas y donantes. Esta gestión debe iniciarse antes de solicitar el reconocimiento como Proyecto Nacional. 

Cabe aclarar que la certificación del Proyecto no garantiza la inversión de terceros ni compromete al Ministerio con el desembolso de los recursos. 

La Resolución 1021 del 3 de mayo 2016  establece los requisitos para acceder al Reconocimiento de Proyecto Nacional para Obras Cinematográficas, es importante recordar que:

  • La aprobación de proyectos tendrá como tope máximo de la inversión o donación 17.650 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes ($20.474.000.000 para 2023).
  • El tope máximo para la promoción es de 5.300 S.M.L.M.V. En este rubro está incluido en el tope máximo anterior. ($6.148.000.000  para 2023).
  • El tope máximo para publicidad en televisión es de 3.530 S.M.L.M.V. Este rubro está incluido en el tope máximo de promoción. ($ 4.094.800.000 para 2023)
  • Las obras cinematográficas podrán tener presupuestos superiores, sin embargo solo accederán al beneficio tributario los topes establecidos anteriormente.
  • En ningún caso serán aprobadas coproducciones financieras en la que la participación colombiana sea superior a 5.300 S.M.L.M.V. ($ 6.148.000.000 para 2023)

De acuerdo con el presupuesto de la película, existen dos tipos de aprobaciones para obtener el Reconocimiento de Proyecto Nacional para Obras Cinematográficas:

Aprobación Ordinaria: para proyectos de largometraje de producción nacional o coproducción con un  presupuesto total de la parte colombiana, incluyendo la promoción,  de  hasta de 7.060 S.M.L.M.V.  ($8.189.600.000 para 2023). En el caso de cortometrajes nacionales el presupuesto total no podrá ser superior a 880 S.M.L.M.V. ($ 1.020.800.000 para 2023). Puede consultar los requisitos aquí.  

Aprobación Especial: para proyectos de largometraje de producción nacional, o para la parte colombiana en coproducción nacional cuyo presupuesto sea superior a 7.060 S.M.L.M.V. ($8.189.600.000 para 2023). La aprobación, por parte de la Dirección de  Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos (DACMI)​​, está sujeta a que el productor del proyecto cinematográfico, o alguno de sus socios de forma individual o como socio de otra empresa productora, haya sido productor de al menos un largometraje estrenado comercialmente en salas de cine. Recuerde tener en cuenta los montos máximos aprobados para inversión o donación descrito en líneas anteriores.  Puede consultar los requisitos aquí.



La solicitud del Reconocimiento de Proyecto Nacional es un trámite en línea que puede iniciar en este enlace

Aquí puede descargar la lista de verificación  de documentos que deberá ingresar en la plataforma El formato le permitirá comprobar que cuenta con la documentación necesaria para iniciar el trámite.



Beneficio Tributario​

Gracias a la Ley 814 de 2003, los contribuyentes del impuesto a la renta que realicen inversiones o donaciones a proyectos cinematográficos de producción o coproducción colombianas de largometraje o cortometraje, pueden deducir de su renta  el 165% del valor real invertido o donado por el período gravable en que se realice la inversión o donación e independientemente de su actividad productora de la renta.

Los beneficios aplican para inversiones o donaciones a proyectos cinematográficos de producción o coproducción, de largometraje o cortometraje que hayan sido reconocidos como Proyecto Nacional por la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos del Ministerio de Cultura.

Pueden ser inversionistas o donantes las personas naturales o jurídicas declarantes de renta en Colombia, que no tengan la calidad de productor o coproductor de la película, y que realicen sus inversiones o donaciones en dinero en efectivo.​

Certificado de Inversión o Donación Cinematográfica​

Es el documento que permite sustentar la deducción tributaria en la declaración de renta del donante o inversionista. Si el inversionista no encuentra conveniente la utilización de la deducción, puede negociarlo con otro contribuyente cediéndolo mediante endoso. Estos títulos pueden ser negociados entre particulares, pero no son negociables en el mercado bursátil.

La solicitud del Certificado de Inversion o Donacion se realiza en línea, a través del aplicativo Cineproyecto (en el mismo aplicativo en el que se realizó la solicitud de Proyecto Nacional) https://cineproyecto.mincultura.gov.co.​


ACUERDOS DE COPRODUCCIÓN

El Estado colombiano, a través de la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura, ha suscrito diferentes acuerdos de coproducción con diversos países, con el ánimo de fomentar alianzas en distintos lugares del mundo.  A continuación podrá consultar los requisitos que debe cumplir para aplicar a alguno de los acuerdos de coproducción vigente. En cualquier caso, la documentación específica deberá ser radicada en la oficina de correspondencia del Ministerio de Cultura. 

Acuerdo Iberoamericano de Coproducción: En vigencia desde el 15 de septiembre de 2016, el acuerdo suscrito por 19 países busca fortalecer y fomentar la producción cinematográfica de la región. Consulte aquí los requisitos que debe cumplir para que su proyecto cinematográfico sea parte de este acuerdo de coproducción. 

Si usted cumple con los requisitos, puede aplicar al Programa Ibermedia de estímulo a la coproducción de películas de ficción y documentales realizadas en Iberoamérica. Los 19 países que hacen parte son: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, España, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. 

Para aplicar a las convocatorias  que puede consultar en este enlace deberá presentar una certificación emitida por la Dirección de Cinematografía. Para llevar a cabo este trámite deberá radicar en la oficina de correspondencia del Ministerio de Cultura, la documentación que puede consultar en este enlace. 

Acuerdo Colombia - Francia  Vigente desde el 24 de mayo de 2013, ha permitido la coproducción de obras cinematográficas importantes para la cinematografía de ambos países. Aquí puede consultar los requisitos que debe cumplir para aplicar a este acuerdo de coproducción.

Acuerdo Colombia - Canadá Desde el año 2002 los Gobiernos de Colombia y Canadá quisieron fortalecer el desarrollo de sus intercambios culturales y económicos además de aportar a la expansión de sus industrias de producción y distribución cinematográfica. Aquí puede consultar los requisitos que debe presentar ante la DACMI​.
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