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Declaratoria de inmueble o de un sector como bien de interés cultural del ámbito nacional

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La declaratoria de un bien material como de interés cultural, es el acto administrativo mediante el cual, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes determina que un bien o manifestación del patrimonio cultural de la Nación, queda cobijado por el Régimen Especial de Protección o de Salvaguardia contemplado en la ley.

​​Las declaratorias de BIC que se lleven a cabo sin seguir el procedimiento definido en la referida ley y reglamentado en el Decreto 1080 de 2015, estarán viciadas de nulidad conforme a lo previsto en el Código Contencioso Administrativo.

La declaratoria de un bien o conjunto de bienes como de interés cultural del ámbito nacional, así como la revocatoria de tales declaratorias deberá contar con el concepto previo favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural según lo establecido en la Ley 1185 de 2008.

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